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Autorización de regreso

¿Tienes una  autorización de residencia o de estancia para estudios y planeas viajar? ¡Esto te interesa!

¿Qué es?

Documento que se expide al extranjero cuya autorización de residencia o de estancia se encuentre en periodo de renovación o prórroga. Le permite la salida de España y posterior retorno al territorio nacional dentro de un plazo de 90 días.

¿Quién puede solicitarla?

  • Titular de autorización de residencia o de estancia para estudios, que haya solicitado la renovación de la misma dentro del plazo legal

  • Titular de una autorización de residencia inicial o de estancia para estudios inicial, en trámite de expedición de la tarjeta de identidad de extranjero

  • Titular de una tarjeta de Identidad de Extranjero en vigor, en supuestos de robo, extravío, destrucción o inutilización de la T.I.E

Regreso a España

Con motivo de las modificaciones introducidas en el Código de Fronteras Schengen, publicadas el pasado 29 de Junio de 2013 en el Diario Oficial de la Unión Europea, Reglamento UE nº 610/2013, toda Autorización de Regreso expedida por las autoridades españolas sólo será válida para efectuar su entrada por los Puestos Fronterizos habilitados españoles.

Periodo de validez

Vigencia no superior a noventa días desde la caducidad de la autorización de residencia o de estancia, si se solicita con anterioridad a dicha caducidad.

En caso de que se solicite en un momento posterior a la caducidad de la autorización de residencia o de estancia, la autorización de regreso tendrá una vigencia no superior a noventa días desde que sea concedida.

Presentación

Presencialmente en Oficina de Extranjería o Dependencias policiales

Documentación

  • Modelo EX-13
  • Tasa 790 012 (Dependencias policiales) o Tasa 790 052 (Oficina de Extranjería)

Titular de autorización de residencia o de estancia para estudios, que haya solicitado la renovación de la misma dentro del plazo legal:

  • Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.
  • Autorización de residencia o de estancia para estudios.
  • Solicitud de renovación de la residencia o de estancia para estudios.

Titular de una autorización de residencia inicial o de estancia para estudios inicial, en trámite de expedición de la tarjeta de identidad de extranjero:

  • Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.
  • Resolución favorable de la solicitud inicial de autorización de residencia o autorización de estancia por estudios.
  • Comprobante de que se encuentra en trámite la expedición de la tarjeta.
  • Documentación acreditativa de que el viaje responde a una situación de necesidad y concurren circunstancias excepcionales.

Titular de una tarjeta de Identidad de Extranjero en vigor, en supuestos de robo, extravío, destrucción o inutilización de la T.I.E.:

  • En caso de robo, original y copia de la denuncia ante la policía.
  • Solicitud de duplicado de tarjeta.
  • Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.

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